Cancelación de CFDI’s a partir de enero 2022.
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Con la nueva Reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) para el 2017, se modificó el artículo 29-A, con el cual se habilita a los contribuyentes receptores del CFDI para que sean informados de dicha cancelación y estén en posibilidad de aceptarla o rechazarla.
Para el 2022 se aplica una reforma a este mismo artículo, en su cuarto y quinto párrafo.
También se aplica una adición al Artículo 113-G fracción V de la LISR.

Lo nuevo en el esquema de cancelación de CFDI’s a partir de enero 2022
Para el año 2022 se aplica una reforma al Artículo 29-A en su cuarto y quinto párrafo y también se aplica una adición al Artículo 113-G fracción V de la LISR.
A partir de enero 2022 se debe incluir el motivo de cancelación de la factura.

Se ajusta el esquema para incluir el motivo de cancelación y el folio fiscal que sustituye. A partir del 1ro de enero del 2022 será necesario señalar el motivo de cancelación de los comprobantes de acuerdo al siguiente catálogo. Esto aplica para todos los CFDI’s, incluidos los creados con la versión 3.3.

Esto quiere decir que, cada vez que se desee cancelar un documento, se deberá asignar el motivo de cancelación y es requisito obligatorio para poder cancelar.
- Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 «Comprobante emitido con errores con relación» deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
Este supuesto aplica cuando la factura generada contiene un error en la clave del producto, valor unitario, descuento o cualquier otro dato, por lo que se debe reexpedir. En este caso, primero se sustituye la factura y, cuando se solicita la cancelación, se incorpora el folio de la factura que sustituye la cancelada.

- La clave 02 «Comprobante emitido con errores sin relación».
Aplica cuando la factura generada contiene un error en la clave del producto, valor unitario, descuento o cualquier otro dato y no se requiera relacionar con otra factura generada.

- La clave 03 » No se llevó a cabo la operación».
Aplica cuando se factura una operación y esta no se concreta.
- La clave 04 «Operación nominativa relacionada en la factura global».
Aplica cuando se incluye una venta en la factura global de operaciones con el público en general y posterior a ello, el cliente solicita su factura nominativa, lo que conlleva a cancelar la factura global y reexpedirla, así como generar la factura nominativa al cliente.

Plazos para realizar la cancelación de facturas
Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas quedando de la siguiente forma:
- Cancelación sin aceptación, tiene hasta el siguiente día hábil después de la emisión de la factura.
- Cancelación con aceptación, si el receptor no responde a la solicitud de cancelación, la factura se cancelará 72 hrs. después de haber enviado la solicitud (sigue teniendo los mismos parámetros).
Los contribuyentes únicamente podrán cancelar un CFDI en el mismo ejercicio en el que se haya emitido, es decir, en este 2022 tienes hasta el 31 de diciembre para poder cancelar CFDI’s emitidos en este ejercicio.
En el caso de los CFD’s emitidos en 2021, tenemos hasta el 31 de enero 2022, para poder hacer su cancelación.
Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) podrán cancelar un CFDI global únicamente en el mes en que genera el mismo.

Cancelación de CFDI’s en sistemas CONTPAQi®
El próximo 17 de enero 2022, se liberarán nuevas versiones que incluirán nuevas características para la emisión del Complemento Carta Porte, así como también, la liberación de timbrado de CFDI versión 4.0 y nuevo esquema de cancelación de CFDI’s.
Te damos a conocer las fechas de liberación de las nuevas versiones:

Importante mencionar que en CONTPAQi® y Sermex Consultores estamos listos para cumplir con el nuevo Complemento Carta Porte desde el pasado 1ro de diciembre 2021, esto para autotransporte punto a punto.
En las versiones a liberarse a partir del 17 de enero 2022, se incluirán características para transporte marítimo, transporte ferroviario y transporte multidestinos.
¿Qué debo hacer si necesito cancelar una factura antes del 17 de enero 2022?
Si necesitas cancelar facturas antes de la liberación de las nuevas versiones CONTPAQi® deberás realizar lo siguiente:
- Realizar la cancelación de la factura directamente en el portal del SAT, con el nuevo esquema de cancelación.
- Esperar a que el receptor acepte la cancelación, o en su caso, esperar el plazo de 72 hrs. para que se realice la cancelación sin aprobación.
- Una vez cancelada la factura, ingresar a tu sistema CONTPAQi® y presionar el botón cancelar, al ya estar cancelado el documento en el SAT, se actualizará el estatus a cancelado, en tu sistema.
Recuerda que tienes hasta el 31 de enero 2022 para poder hacer cancelaciones de CFDI’s emitidos en el ejercicio 2021.
Gracias por atender esta información.
Ing. Carlos Rosales
Dirección comercial y de servicio
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